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Criminologia
15 enero, 2019

Miguel es criminólogo y trabaja como tal en Portugal

Laura Gómez criminologia, entrevistas, trabajo Leave a Comment

Miguel es criminólogo y trabaja como tal en Portugal. Cuenta la utilidad de la Criminología y el desarrollo de sus funciones con motivo de la aprobación de la ley que reconoce la profesión del criminólogo.

 

En el año 2018, una empresa de seguros y averiguaciones empleó a más de 15 licenciados en Criminología, por entender que estos son una piedra fundamental en la averiguación y en la lucha contra el fraude. Tenemos varios criminólogos que trabajan en varios sectores.

 

Miguel, ¿dónde trabaja el criminólogo en Portugal?

En Portugal, tenemos criminólogos a trabajar en las Policías, en la Dirección General de Reinserción Social y Servicios de Prisiones, como expertos investigadores en las compañías de seguros, Ayuntamientos, en el Comando de la Policía Municipal, en los Cuerpos Superiores de Policía, en equipos de gestión del lugar de crimen, en empresas de seguridad privada, y como expertos, pues el Código de Proceso Penal reconoce la utilidad de la criminología, Cómo puedes ver en:

–        Artículo 159. Pericias médico-legales y forenses 

1 – Las pericias médico-legales y forenses que se inscriben en las atribuciones del Instituto Nacional de Medicina Legal son realizadas por las delegaciones de éste y por los gabinetes médico-legales.

2 – Excepcionalmente, ante manifiesta imposibilidad de los servicios, las pericias mencionadas en el apartado anterior pueden ser realizadas por entidades terceras, públicas o privadas, contratadas o indicadas a tal efecto por el Instituto.

3 – En las comarcas no comprendidas en el área de actuación de las delegaciones y de los gabinetes médico-legales en funcionamiento, las pericias médico-legales y forenses pueden ser realizadas por médicos a contratar por el Instituto.

4 – Las pericias médico-legales y forenses solicitadas al Instituto en que se verifique la necesidad de formación médica especializada en otros ámbitos y que no puedan ser realizadas por las delegaciones del Instituto o por los gabinetes médico-legales, por lo que no existen expertos con la formación requerida o condiciones materiales para su realización, pueden ser efectuadas, por indicación del Instituto, por servicio universitario o de salud público o privado.

5 – Siempre que sea necesario, las pericias médico-legales y forenses de naturaleza de laboratorio pueden ser realizadas por entidades terceras, públicas o privadas, contratadas o indicadas por el Instituto.

6 – Lo dispuesto en los números anteriores es correspondiente aplicable a la pericia relativa a cuestiones psiquiátricas, en la cual pueden participar también especialistas en psicología y criminología.

7 – La pericia psiquiátrica puede ser efectuada a requerimiento del representante legal del inculpado, del cónyuge no separado judicialmente de personas y bienes o de la persona, de otro o del mismo sexo, que con el acusado viva en condiciones análogas a las de los cónyuges, de los descendientes y adoptados, ascendientes y adoptantes, o, a falta de ellos, de los hermanos y sus descendientes.

 

–        Artículo 160. Experiencia sobre la personalidad

1 – Para efectos de evaluación de la personalidad y de la peligrosidad del inculpado puede haber lugar la pericia sobre sus características psíquicas independientes de causas patológicas, así como sobre su grado de socialización. La pericia puede referirse, en particular, a la decisión sobre la revocación de la prisión preventiva, la culpa del agente y la determinación de la sanción.

2 – La pericia debe ser deferida a servicios especializados, incluyendo los servicios de reinserción social, o, cuando ello no sea posible o conveniente, a especialistas en criminología, en psicología, en sociología o en psiquiatría.

3 – Los expertos pueden requerir información sobre los antecedentes penales del inculpado, si las necesitan.

Además, aún este año, abrió concurso para la Reinserción Social, cuyo uno de los requisitos era ser poseedor de la licenciatura de criminología,

La Policía Judicial, SEF, ya abrieron concurso para Inspector de la Policía y uno de los requisitos era también ser portadores de la Licenciatura de Criminología, así como el derecho.

¿Cuáles son las funciones del criminólogo?

Como se encuentra en la propuesta de ley, un criminólogo puede desempeñar sus funciones:

a) análisis criminológico; b) investigación criminal; c) la concepción y ejecución de programas de prevención de la delincuencia y de evaluación del riesgo de reincidencia; d) Intervención comunitaria y concepción de políticas sociales y penales; e) Investigación científica y enseñanza, dentro del ámbito de su formación.

Los Criminólogos pueden ejercer su actividad profesional, en particular, en: a) Tribunales; b) Gabinetes de mediación; c) establecimientos penitenciarios; d) servicios de reinserción social; e) evaluación de riesgos, y competencias del ofensor; f) Centros educativos para menores delincuentes; g) Centros y proyectos de prevención y tratamiento de la drogodependencia, h) Órganos de policía criminal; i) equipos de gestión y lugar de crimen; j) Laboratorios de policía técnica científica; k) servicios de inspección; l) servicios de información; m) Comisiones de protección de niños y jóvenes; n) centros de acogida y asistencia a las víctimas; o) Autoridades locales; p) Policía municipal; q) las fuerzas y los servicios de seguridad; r) empresas de seguridad privada; s) proyectos de investigación científica; t) Universidades.

¿Cómo crees que afectará la aprobación de una ley que reconoce al criminólogo?

Será positivo, podremos ejercer nuestra profesión de una forma aún mejor y reconocida como criminólogo y no como experto. Ahora bien, hasta ahora podemos trabajar, pero cuando nos inscribimos como expertos del tribunal, no somos reconocidos como criminólogos, sino como expertos. Cuando estamos inscriptos en las finanzas no podemos inscribirnos como criminólogos, tenemos que inscribirse con expertos u otros. Cuando nos inscribimos en el centro de empleo, no consta en nuestra licenciatura, no podemos inscribirse como criminólogo, aunque nuestras salidas profesionales están reconocidas.Situaciones que se van a cambiar con este reconocimiento.

 

¿Crees que sería bueno si España aprobara tal ley?

Claro que sí, un reconocimiento más que merecido.

¿En qué áreas profesionales ves la figura del criminólogo de forma clara y necesaria?

Para apoyar la toma de decisiones de la corte; en la investigación criminal ( título reconocido por el gobierno portugués como Investigación Criminal – Código 3555 (inspector y detective de la policía)

¿Quisiera decir algo a los criminólogos españoles que buscan trabajo como criminólogos?

No desistan. Uniros. Sólo así conseguiremos llevar a la criminología al más alto nivel de la competencia.

Miguel Silva, criminólogo 

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Laura Gómez

Licenciada en Criminología, especialista en víctimas, docente. Más información: http://www.puracriminologia.com/laura-gomez/

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